Estado General:

Andorra, al no ser un país de la UE, no está sujeta a la normativa comunitaria sobre armas. Sin embargo, en la práctica, adopta una postura similar a la de sus países vecinos (Francia y España): se tolera la tenencia, pero se regula el porte público.

Restricciones:

Se presume prohibida la portación injustificada de cuchillos considerados armas (hojas grandes, navajas automáticas). Se tolera el uso deportivo o profesional (senderismo, caza), pero probablemente se prohíban los cuchillos automáticos o las armas ocultas.

Advertencia:

A falta de una reglamentación clara, la prudencia es esencial. El portador debe justificar el carácter utilitario y no ofensivo del cuchillo. El uso indebido puede acarrear sanciones en virtud del derecho penal andorrano.

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