Estado General:
En virtud de la Ley de Armas de Fuego y Armas Ofensivas de 1990, está prohibido llevar un cuchillo en público sin una excusa legal. Los cuchillos se consideran armas potencialmente ofensivas.
Restricciones:
No existe ninguna exención relativa a la longitud de la hoja.
Están prohibidas las navajas de apertura automática y las armas adaptadas para causar lesiones.
Llevar cualquier cuchillo en público requiere un motivo válido(profesional, deportivo, religioso).
Advertencia:
El portador debe demostrar la necesidad de llevar el cuchillo si es controlado. Las infracciones se castigan con penas de hasta 5 años de prisión.